La reforma al Código de Convivencia contempla multas, trabajo comunitario e incluso penas de arresto para quienes ejerzan de forma no autorizada.

El Senado de la provincia de Santa Fe aprobó de forma definitiva la normativa que prohíbe el trabajo de los cuidacoches o «trapitos» en todo el territorio provincial. La iniciativa, aprobada por dos tercios con 16 votos afirmativos y tres ausencias, modifica el Código de Convivencia para tipificar la actividad ilegal y habilitar sanciones a los infractores. Para su implementación concreta, cada municipio deberá adherir al texto legal, actuando como la autoridad contravencional exclusiva y pudiendo requerir la intervención de las fuerzas policiales para liberar la vía pública.
El nuevo esquema punitivo introduce sanciones que van desde el cumplimiento de trabajo comunitario de 2 a 10 días hasta el arresto directo. En los casos de reincidencia, las penas de detención oscilarán entre los 10 y los 20 días, duplicándose el castigo ante episodios de violencia o amenazas. Las restricciones aplican con especial rigor en zonas con estacionamiento medido, en un radio de 20 cuadras alrededor de eventos masivos, en horarios nocturnos y en inmediaciones de escuelas, bancos, comercios y reparticiones públicas.

La legislación sancionada penaliza además a quienes operen mediante estructuras organizadas o bandas coordinadas. Para las agrupaciones de dos o más personas se establecen arrestos de hasta 20 días, mientras que las penas podrán cuadruplicarse para quienes actúen como organizadores o jefes de estas redes. Asimismo, la ley fija agravantes específicos cuando el acoso o cobro indebido afecte a personas en situación de vulnerabilidad, adultos mayores o por motivos de género, buscando erradicar la coerción en las calles.

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